Suprema Corte de Justicia · Suprema Corte de Justicia
Sentencia Interlocutoria N° 1295/2022
6 de setiembre de 2022
- Ficha (IUE)
- 2-14365/2017
- Procedimiento
- Recurso de casación
- Materia
- Derecho procesal
- Importancia
- Media
- Resultado (estimado)
- Desestima o rechaza
- Firmantes
- Dra. Elena MARTINEZ ROSSO
- Dr. John PEREZ BRIGNANI
- Dra. Doris Perla MORALES MARTINEZ
- Dra. Gabriela FIGUEROA DACASTO
- Derecho procesal › Medios de impugnacion de las resoluciones judiciales › Recurso de reposicion
Texto de la sentencia
Montevideo, seis de setiembre de dos mil veintidós
VISTOS :
Estos autos caratulados: OLIVERA REGALINI, MARÍA Y OTROS C/ OLIVERA YAMIN, ANA – ACCIÓN DE NULIDAD – CASACIÓN - IUE: 2-14365/2017, venidos a conocimiento de la Corporación en virtud del recurso de queja por denegación de casación deducido a fs. 329-332 vta. por la representante de Ana María Olivera contra la sentencia Nº 1.037 de 2.VIII.2022.
CONSIDERANDO:
1.- La Suprema Corte de Justicia en aplicación del art. 264 del C.G.P., considera que la vía impugnativa intentada resulta inadmisible.
2.- No obstante, de aplicarse el principio de canjeabilidad de los medios impugnativos (art. 24.3 del C.G.P.), y considerarse el escrito presentado como si fuera un recurso de reposición, igualmente resulta inadmisible.
3.- En efecto, el recurso de reposición resulta extemporáneo dado que la parte demandada fue notificada de la sentencia Nº 1.037/2022 el día 8 de agosto de 2022 (fs. 327) por lo que debió interponer el recurso de reposición dentro del plazo tres días a partir del día siguiente al de la notificación de la sentencia, esto es, el día 11 de agosto de 2022 y el mismo fue interpuesto el día 15 de agosto de 2022 (fs. 333).
Por lo expuesto, la Suprema Corte de Justicia
RESUELVE:
NO HACER LUGAR A LA IMPUGNACIÓN INTERPUESTA.
Fuente: Base de Jurisprudencia Nacional del Poder Judicial. Los nombres de las partes figuran anonimizados en el original.