Suprema Corte de Justicia · Suprema Corte de Justicia
Sentencia Interlocutoria N° 140/2022
22 de febrero de 2022
- Ficha (IUE)
- 1-126/2021
- Procedimiento
- Recurso de revision
- Materia
- Derecho procesal penal
- Importancia
- Alta
- Resultado (estimado)
- Desestima o rechaza
- Firmantes
- Dra. Elena MARTINEZ ROSSO
- Dra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ
- Dr. John PEREZ BRIGNANI
- Dr. Juan Pablo NOVELLA HEILMANN
- Derecho procesal penal › Medios de impugnación de las resoluciones judiciales › Recurso de revision
Texto de la sentencia
Montevideo, veintidós de febrero de dos mil veintidós
VISTOS:
Estos autos caratulados: AA C/ SENTENCIA Nº 185/2020, DICTADA POR EL JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DE CIUDAD DE LA COSTA DE 3º TURNO - RECURSO DE REVISIÓN – IUE: 1-126/2021.
RESULTANDO:
En autos la Defensa de AA interpuso recurso de revisión contra la sentencia Nº 185/2020 dictada por el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Ciudad de la Costa de 3º Turno en los autos caratulados: “AA – Un delito de violencia privada agravada en RR con un delito de rapiña agravada, este en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de lesiones personales agravadas - IUE: 2-42220/2020”, por las razones que desarrolló a fs. 12/19 vta.
CONSIDERANDO:
1.- La Suprema Corte de Justicia dará ingreso al recurso de revisión interpuesto y no hará lugar a la medida cautelar solicitada.
2.- En efecto, la Corporación estima que la medida peticionada no se encuentra fundada para habilitar, en este estado, la suspensión de la ejecución de la sentencia recurrida (art. 375 NCPP);
Por lo expuesto, la Suprema Corte de Justicia
RESUELVE:
DAR INGRESO AL RECURSO DE REVISIÓN INTERPUESTO.
NO HACER LUGAR A LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA, POR AHORA Y SIN PERJUICIO.
Y OFÍCIESE AL JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN Y VIGILANCIA DE 6º TURNO, SOLICITANDO SE SIRVA REMITIR A LA CORPORACIÓN LOS AUTOS CARATULADOS: “AA– UN DELITO DE VIOLENCIA PRIVADA AGRAVADA EN REITERACIÓN REAL CON UN DELITO DE RAPIÑA AGRAVADA, ESTE EN CONCURRENCIA FUERA DE LA REITERACIÓN CON UN DELITO DE LESIONES PERSONALES AGRAVADAS – IUE: 2-42220/2020”.
NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.
Fuente: Base de Jurisprudencia Nacional del Poder Judicial. Los nombres de las partes figuran anonimizados en el original.