Suprema Corte de Justicia · Suprema Corte de Justicia
Sentencia Interlocutoria N° 478/2021
29 de junio de 2021
La Corporación declara carente de objeto la presente contienda. El Juzgado Letrado de Primera Instancia de Paysandú de 6º Turno ya había asumido competencia en los presentes autos; por lo cual al existir un cambio de titular en la Sede de Paysandú, la presente contienda carece de objeto.
- Ficha (IUE)
- 304-105/2014
- Procedimiento
- Contienda de competencia
- Materia
- Derecho procesal
- Importancia
- Alta
- Firmantes
- Dra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ
- Dr. Luis Domingo TOSI BOERI
- Dr. John PEREZ BRIGNANI
- Dra. Gabriela FIGUEROA DACASTO
- Redactor
- Dr. John PEREZ BRIGNANI
- Derecho procesal › Contienda de competencia › Contienda de competencia negativa se declara carente de objeto
Texto de la sentencia
Montevideo, veintinueve de junio de dos mil veintiuno
VISTOS:
Estos autos caratulados : “GUTIÉRREZ, JESÚS C/ WIGMAN, JORGE – DEMANDA LABORAL – HOY EJECUCIÓN DE SENTENCIA – CONTIENDA DE COMPETENCIA” IUE: 304-105/2014
RESULTANDO YCONSIDERANDO:
1.- En los presentes autos, se tramita una contienda de competencia entre las juezas Letradas de la Ciudad de Paysandú, entre las que se encuentra la Dra. Combe.
2.- Que por Resolución Nº 61/2021 de 13 de mayo de 2021, la Suprema Corte de Justicia dispuso el traslado de la Dra. Ivanna Combe como Juez Letrada del Departamento de Treinta y Tres a su solicitud.
3.- En mérito a la misma resolución reseñada supra, la Corporación designó como Juez Letrada de Primera Instancia de Paysandú de 6º Turno a la Dra. María Jimena Alonso.
4.- Por su parte, surge a fs. 190, que el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Paysandú de 6º Turno ya había asumido competencia en los presentes autos; por lo cual al existir un cambio de titular en la Sede de Paysandú, la presente contienda carece de objeto, todo lo cual conlleva a devolver la presente causa a la Sede Letrada de Paysandú de 6º Turno, para la prosecución del trámite correspondiente.
Por lo expuesto, la Suprema Corte de Justicia
RESUELVE:
DECLÁRASE CARENTE DE OBJETO LA PRESENTE CONTIENDA Y EN SU MÉRITO, DEVUÉLVANSE LAS PRESENTES AUTOS AL JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PAYSANDÚ DE 6º TURNO, A LOS EFECTOS DE LA PROSECUCIÓN DE LAS PRESENTES ACTUACIONES, SIN MÁS TRÁMITE Y CON NOTICIA DE LAS CONTENDIENTES.
Fuente: Base de Jurisprudencia Nacional del Poder Judicial. Los nombres de las partes figuran anonimizados en el original.