Juzgados Letrados · Juzgado Ldo.Civil 14º Tº
Sentencia Definitiva N° 12/2021
9 de marzo de 2021
Declara la simulación absoluta de los Contratos de Prenda e Hipoeca. "....corresponde tener presente que la incomparecencia a la audiencia preliminar implica que en el caso, deba tenerse por cierto que las partes instrumentaron los contratos de hipoteca y prenda descriptos en la demanda, sin voluntad de realizar los referidos negocios, y con la exclusiva finalidad de ‘protegerse’ contra reclamos de ..."la actora.
- Ficha (IUE)
- 2-43770/2020
- Procedimiento
- Proceso civil ordinario
- Materia
- Derecho civil
- Importancia
- Alta
- Resultado (estimado)
- Hace lugar o condena
- Derecho civil › Accion simulatoria contratos de prenda e hipoteca
- Derecho procesal › Proceso ordinario › Audiencia preliminar incomparecencia del demandado. efectos
- Derecho › Fuentes del derecho › Principios generales › Autonomía de la voluntad voluntad negocial:inexistente
Texto de la sentencia
Sentencia definitiva de 1ra. Instancia Nº 12/2021 Montevideo, 9 de marzo del año 2021
VISTOS:
Para sentencia definitiva de primera instancia estos autos caratulados “BARTFELD LIPOVETSKY, LEONIDAS C/ OSTROSKI SEGUI, ALEJANDRA ACCIÓN SIMULATORIA - ” IUE 2 – 43770/2020
RESULTANDO :
1 - A fs. 23/25 compareció Leonidas Bartfeld Lipovetsky y promovió acción simulatoria contra Alejandra Ostrosky Segui , manifestando en lo medular que :
1.a – Fue declarado único y universal heredero de Zulema Lipovestsky.
1.b - El 17/1/2014 la demandada, otorgó dos escrituras simuladas , una de hipoteca y otra de préstamo prendario respecto de bienes de los cuales, la causante, era propietaria o promitente compradora.
1.c - En la fecha referida, la demandada y la causante otorgaron un contradocumento donde dejan constancia que no quisieron celebrar los referidos negocios, y no cumplieron con las prestaciones allí establecidas, habiendo procedidos a suscribir los contratos de hipoteca y prenda como una eventual protección contra los reclamos de lo Sres. Hector Aizizon y Fernando Crossa.
1.d - Solicitó en definitiva que se declare la nulidad absoluta por falta de consentimiento y de causa de las escrituras de hipoteca y prenda individualizadas en la demanda.
2 – Habiéndose conferido traslado de la demanda, el mismo no fue evacuado por la demandada.
3 – Tal como surge de fs. 43, ante la incomparecencia de la demandada a la audiencia preliminar , por providencia N°114/2021, se actuó de conformidad con lo dispuesto por el art. 340.3 del C.G.P.
C ONSIDERANDO :
1 - En primer término, corresponde tener presente que la incomparecencia a la audiencia preliminar implica que en el caso, deba tenerse por cierto que las partes instrumentaron los contratos de hipoteca y prenda descriptos en la demanda, sin voluntad de realizar los referidos negocios, y con la exclusiva finalidad de ‘protegerse’ contra reclamos de los Sres. Héctor Aiziczon y Fernando Crossa.
2 - Ahora bien, en base a esos hechos, resulta procedente tener por cierto que las partes de los contratos de prenda e hipoteca celebrados el 17/1/2014 e individualizados en la demanda, fueron suscritos por las partes con la exclusiva finalidad de generar una mera apariencia, no teniendo las partes voluntad real de realizar dichos contratos, y no habiéndose ejecutado las prestaciones allí referidas.
3 - Ello además resultó corroborado por el contradocumento aportado al proceso (art. 1580 C.C.).
4 - Así las cosas, corresponde hacer lugar a la demanda, declarando la nulidad absoluta por falta de consentimiento y de causa de los contratos de hipoteca y prenda identificadas en la demanda.
5 - Que habiendo sido correcta la conducta procesal de las partes no se impondrán sanciones procesales en la instancia.-
- Por los fundamentos expuestos, y de conformidad con las disposiciones normativas citadas.-
F ALLO:
DECLARANDO LA NULIDAD ABSOLUTA DE LOS CONTRATOS (ABSOLUTAMENTE SIMULADOS) DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO E HIPOTECA, INDIVIDUALIZADOS EN LA DEMANDA. CELEBRADOS EL 17/1/2014 ENTRE ALEJANDRA OSTROSKY Y LA SRA. ZULEMA LIPOVETSKY (AUTORIZADOS POR LA ESC. ANITA MERGEL THOMA ), EL PRIMERO DE ELLOS (PRENDA SIMULADA) RESPECTO DEL 50% DE LOS DERECHOS DE PROMITENTE COMPRADOR DEL INMUEBLE PADRÓN INDIVIDUAL 6816/001 DEL DEPARTAMENTO DE COLONIA. Y EL SEGUNDO DE ELLOS (HIPOTECA SIMULADA) RESPECTO DEL 50% DEL INMUEBLE PADRÓN 1947 DEL DEPARTAMENTO DE COLONIA.
SIN ESPECIAL CONDENACIÓN EN COSTAS Y COSTOS.
CONSENTIDA O EJECUTORIADA, PREVIA REPOSICIÓN DE LA TRIBUTACIÓN PENDIENTE DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, Y DE LA VICÉSIMA, EXPÍDASE TESTIMONIO A COSTO DEL INTERESADO Y OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE.
HONORARIOS FICTOS 15 BPC.
Fuente: Base de Jurisprudencia Nacional del Poder Judicial. Los nombres de las partes figuran anonimizados en el original.