Suprema Corte de Justicia · Suprema Corte de Justicia
Sentencia Definitiva N° 27/2020
20 de febrero de 2020
- Ficha (IUE)
- 2-54547/2017
- Procedimiento
- Recurso de aclaracion y ampliacion
- Materia
- Derecho laboral, Derecho procesal
- Importancia
- Alta
- Resultado (estimado)
- Revoca o anula
- Firmantes
- Dra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ
- Dra. Elena MARTINEZ ROSSO
- Dr. Eduardo Julio TURELL ARAQUISTAIN
- Dr. Luis Domingo TOSI BOERI
- Dr. Tabare SOSA AGUIRRE
- Dr. Gustavo Orlando NICASTRO SEOANE
- Derecho procesal › Medios de impugnacion de las resoluciones judiciales › Recurso de ampliacion se desestima
- Derecho procesal › Medios de impugnacion de las resoluciones judiciales › Recurso de aclaracion › Resolucion del recurso de aclaracion se hace lugar
Texto de la sentencia
Montevideo, veinte de febrero de dos mil veinte
VISTOS :
Estos autos caratulados: ÁLVAREZ, BELTRÁN C/ COMISIÓN DE APOYO DE LA UE 068 DE A.S.S.E. – PROCESO LABORAL ORDINARIO (LEY 18.572) - CASACIÓN – IUE: 2-54547/2017, venidos a conocimiento de la Corporación en virtud de los recursos de aclaración y ampliación deducidos por el representante de la parte demandada contra la Sentencia No. 1.402 de 2.XII.2019.
C ONSIDERANDO:
1.- La Suprema Corte de Justicia no hará lugar al recurso de ampliación y aclarará la sentencia impugnada solamente en lo que respecta a la “compensación por estudios radiológicos y sus incidencias” (fs. 679).
2.- En lo que refiere al recurso de ampliación la sentencia dictada no omitió pronunciamiento sobre punto esencial alguno.
3.- En tal sentido, el recurso en los numerales 1, 2 y 3 (fojas 707/707 vta.) refiere a cuestiones relativas a la sentencia de apelación que a criterio de la Corte no guardan relación con la sentencia dictada por esta Corporación.
4.- Respecto a la compensación por estudios radiológicos al establecer la sentencia que mantiene la condena dispuesta se entiende que la misma debe referirse a la liquidación de fojas 163 en cuanto recoge planillas de fojas 27 a 31.
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto por el art. 244 del Código General del Proceso, la Suprema Corte de Justicia
RESUELVE:
HACER LUGAR AL RECURSO DE ACLARACIÓN DEDUCIDO EN LOS TÉRMINOS QUE SURGEN DEL CONSIDERANDO 4 Y DESESTIMAR EL RECURSO DE AMPLIACIÓN INTERPUESTO.
Fuente: Base de Jurisprudencia Nacional del Poder Judicial. Los nombres de las partes figuran anonimizados en el original.