Tribunales de Apelaciones · Tribunal Apelaciones Civil 3ºTº
Sentencia Definitiva N° 150/2019
6 de noviembre de 2019
El Tribunal confirma la sentencia de 1ª Instancia recurrida, excepto en la cuantificación del daño moral que se aumenta.- Se afirma que, si bien es indudable que el contrato de transporte supone la existencia de una obligación de resultado (transportar sanos y salvos a los pasajeros a destino); en el caso existió una causa extraña no imputable: existencia de barro sobre la carretera, que estaba siendo reparada, lo que provocó que el vehículo patinara.- Pero para el Tribunal la prueba allegada a la causa no es suficiente para demostrar ello.-
- Ficha (IUE)
- 2-28739/2009
- Procedimiento
- Proceso civil ordinario
- Importancia
- Alta
- Derecho comercial › Contrato de transporte incumplimiento
Texto de la sentencia
Fuente: Base de Jurisprudencia Nacional del Poder Judicial. Los nombres de las partes figuran anonimizados en el original.