Tribunales de Apelaciones · Tribunal Apelaciones Penal 3º Tº
Sentencia Definitiva N° 164/2005
19 de julio de 2005
Siendo aproximadamente las 23:30 horas del 29 de noviembre de 2002, Hebert Bandera pudo ver desde una ventana de su domicilio de Ambrosio Velazco 1438, que la camioneta de su propiedad marca CHEVROLET C10, matrícula AG 4775, de color rojo antióxido, estacionada frente a su casa, le estaba siendo sustraída, y para ello la vio cómo la estaban desplazando marcha atrás sin encender el motor. Por lo que, de inmediato llamó al 911, y luego se vistió y salió a la calle para encontrarse con que su vehículo automotor ya no se encontraba a su vista. Corrió entonces hasta la intersección con la calle Verdi y vio venir a un patrullero y una camioneta blanca de la Seccional 11ª, a los que interceptó y denunció el hurto padecido, expresándoles que suponía que se dirigían en dirección a Blvr. José Batlle y Ordóñez (ex Propios). La camioneta policial estaba tripulada por los policías Gerardo Ferrer (fs. 24/26) y Luis Lalin (fs. 34/36), quienes salen en busca de la camioneta sustraída, y después de transitar por algunas calles de las inmediaciones logran avistarla circulando por Batlle y Ordóñez hacia "afuera" a gran velocidad, empezando su persecución, y logrando alcanzarle por primera vez en la intersección de Batlle y Ordóñez y Juanicó. Pese a dar a sus dos ocupantes la voz de alto, éstos comienzan una veloz huída continuando los policías la persecución, intercambiando disparos en más de una oportunidad con quienes iban dentro de la camioneta, persecución que se continuó hasta el Cerrito de la Victoria, momento en que interviene otro móvil policial de la Brigada de Asaltos tripulado por el Sub Oficial Danilo Canabe (fs. 18/21) y los Agentes Carlos García (fs. 7/8) y Antonio Ramírez (fs. 22/23), que también intercambiarán disparos de arma de fuego; lográndose finalmente la detención del vehículo hurtado en Av. San Martín casi Batlle y Ordóñez. Pudo constatarse entonces por los funcionarios policiales, que el conductor del vehículo presentaba una herida de bala en la nuca, encontrándose recostado sobre su hombro derecho sobre el asiento, mientras que se logró la detención del "acompañante" ligeramente herido, quien en un primer momento dijo ser: Carlos De Souza, oriental, de 24 años de edad y carente de antecedentes; pero que más tarde pudo determinarse que se trataba de Carlos González Fernández De Souza o Andrés González Fernández, brasilero, de 22 años de edad (fs. 37/39). Persona con dos antecedentes judiciales en nuestro país (fs. 95/97). El chofer resultó ser Alejandro Daniel Pricoli Sogliano, que falleció pocos minutos después a raíz de la herida de bala recibida en región parieto occipital izquierda (fs. 40/41vto.). González Fernández declaró en autos que, sólo había acompañado esa noche a su amigo Pricoli Sogliano hasta un lugar que no sabe determinar, a "buscar" una camioneta respecto de la cual después se pretendía cobrar su seguro, prometiéndole dar unos pesos para el pasaje a su pueblo. Manifestó, que llegaron hasta el lugar en taxi, y allí los estaba esperando otra persona -al que describió como un "veterano" canoso, de estatura mediana, de 50 años-, que se puso a hablar con su amigo por unos 10 a 15 minutos, haciéndolo separados de él; y que después ese hombre les encendió el motor de la camioneta, sacando las llaves luego; procediendo Pricoli Sogliano a llevarla manejando, con él de acompañante, siendo 20 o 30 cuadras después interceptados por la Policía la que les dio el alto; optando Pricoli Sogliano por emprender la huída velozmente pese a su pedido de que se detuviera, diciéndole aquél que lo hacía porque tenía "antecedentes" (fs. 27/29). La Fiscalìa no solicito reproche por el delito de Atentado empero la Sede de primera instancia lo condenó por tal ilícito. El Tribunal de Alzada, revocó la sentencia en este aspecto.
- Ficha (IUE)
- 91-331/2002
- Procedimiento
- Proceso penal ordinario
- Materia
- Derecho penal, Derecho procesal penal
- Importancia
- Alta
- Resultado (estimado)
- Revoca o anula
- Derecho penal › Circunstancias que alteran el grado de la pena › Alteratorias genericas › Agravantes › Facilidades de orden natural
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Texto de la sentencia
Fuente: Base de Jurisprudencia Nacional del Poder Judicial. Los nombres de las partes figuran anonimizados en el original.