Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Son derechos inherentes al Estado Militar:
A) Propiedad del título y del grado.
B) Uso del uniforme.
C) Honores previstos en el ceremonial.
D) Retribuciones pecuniarias conforme al presupuesto.
E) Uso de los bienes por razones de destino, cargo o comisión.
F) Pasividad militar o retiro.
G) Ejercicio de las atribuciones del grado o del cargo.
H) Seguridad social, particularmente: pensiones, compensación por accidente o enfermedades contraídas en el servicio o a consecuencia del mismo y servicio fúnebre integral, individual y familiar.
I) Ser objeto de consideración y respeto por el uniforme y por los símbolos propios de su investidura.
J) Solicitar la baja con las limitaciones establecidas por las leyes y reglamentos.
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