Artículo 1Modificado
Suprímense el Registro Domiciliario Nacional, los Registros Domiciliarios Departamentales y el Registro Supletorio Nacional creados por la Ley de Registro Cívico Nacional 7.690, de 9 de enero de 1924. (*)
- Ver en esta norma:
- art. 4
Notas de IMPO
Ver en esta norma, artículo: 4.