Artículo 1Modificado
Facúltase al Poder Ejecutivo para autorizar la instalación de tiendas destinadas a la venta de mercaderías nacionales y extranjeras libres de impuestos (TAX FREE SHOPS) a los pasajeros que salen del país, a los que se hallan en tránsito o a los que ingresan al país, de acuerdo con las normas reglamentarias respectivas y en las condiciones que se establecen en los artículos siguientes. (*)
- Reglamentado por:
- Decreto 218/1992 ↗
- Ver en esta norma:
- art. 4
Notas de IMPO
Reglamentado por: Decreto Nº 218/992 de 20/05/1992. Ver en esta norma, artículo: 4.