Artículo 1
Dispónese la emisión de Notas de Tesorería en unidades previsionales, por hasta la suma de UP 5.000:000.000 (unidades previsionales cinco mil millones), con una vida promedio entre 8 (ocho) y 12 (doce) años y Notas de Tesorería en pesos uruguayos por hasta la suma de UYU 50.000:000.000 (pesos uruguayos cincuenta mil millones) con una vida promedio entre 1 (uno) y 5 (cinco) años; por los montos, condiciones, modalidades e integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas.
La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Ver en esta norma:
- art. 2
Notas de IMPO
Ver en esta norma, artículo: 2.