Artículo 1Modificado
Establécese la obligatoriedad de homologar previo a su importación, las características técnicas de todos los vehículos de transporte de PBT mayor a 3.500 Kg, según los procedimientos definidos por la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. (*)
- Ver en esta norma:
- art. 2
Notas de IMPO
Ver en esta norma, artículo: 2.