Artículo 1
Facúltase a la Dirección General del Sistema Nacional de Salud a determinar la lista de los funcionarios que cumplan las condiciones establecidas por el artículo 300 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, a efectos de ser beneficiarios de la compensación allí establecida, la que se elevará a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Salud Pública al principio de cada ejercicio y se informará mensualmente las bajas o altas que se puedan generar.
- Ver en esta norma:
- art. 4
Notas de IMPO
Ver en esta norma, artículo: 4 (vigencia).