Artículo 1☆Declárase duelo oficial el día del sepelio de su Santidad Francisco.Ver en esta norma: art. 2, art. 3Notas de IMPOVer en esta norma, artículos: 2 y 3.
Artículo 2☆La Bandera Nacional permanecerá a media asta el día indicado en el artículo anterior en todos los edificios públicos, Embajadas de la República en el exterior, cuarteles, fortalezas, bases aéreas y buques de guerra.
Artículo 3☆Los organismos que integran la Administración Pública no realizarán actos oficiales el día referido en el Artículo 1°.