Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
El derecho de uso termina:
A) Por el retiro voluntario del socio o de los herederos.
B) Por la expulsión del socio a consecuencia del incumplimiento en el pago de las correspondientes amortizaciones o falta grave a sus obligaciones de socio.
C) Por la disolución de la sociedad.
En caso de renuncia, anulación o conclusión por cualquier otra causa de los derechos de los usuarios, los mismos deberán desocupar la vivienda dentro de los 90 días de ocurrido el hecho.
La cooperativa dispondrá de un plazo de 180 días para hacer efectivo el pago del 50 % (cincuenta por ciento) del reintegro a que el usuario tuviera derecho. El 50 % (cincuenta por ciento) restante deberá hacerse efectivo con más los intereses legales, una vez designado el nuevo socio que lo sustituya, pero no más tarde del año, contado a partir del vencimiento del plazo anterior.
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