Ver el texto limpio
Autorízase al Inciso 03 'Ministerio de Defensa Nacional' a abonar al Personal Subalterno del escalafón K y personal civil, en los grados, cargos, remuneraciones o lugares de destino que ese Ministerio determine, boletos de transporte de pasajeros u otras prestaciones de carácter social, de conformidad con la asignación presupuestaria que se otorga por este artículo.
Habilítase en el objeto del gasto 578.099 'Gastos de Promoción y Beneficios Sociales' una asignación anual de $ 40:300.000 (cuarenta millones trescientos mil pesos uruguayos).
Disminúyese la asignación de los objetos del gasto 141 'Combustibles líquidos' en $ 22:092.109. (veintidós millones noventa y dos mil ciento nueve pesos uruguayos), 235 'Viáticos fuera del país' en $ 13:407.891 (trece millones cuatrocientos siete mil ochocientos noventa y un pesos uruguayos) y 252 'De inmuebles contratados fuera del país' en $ 4:800.000 (cuatro millones ochocientos mil pesos uruguayos), los cuales no podrán ser reforzados al amparo del artículo 48 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005.
El Inciso deberá comunicar las modificaciones y la distribución del crédito, autorizados por este artículo