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Las señales luminosas de regulación del flujo vehicular podrán constar de luces de hasta tres colores con el siguiente significado:
A) Luz roja continua: indica detención a quien la enfrente. Obliga a detenerse en línea demarcada o antes de entrar a un cruce.
B) Luz roja intermitente: los vehículos que la enfrenten deben detenerse inmediatamente antes de ella y el derecho a seguir queda sujeto a las normas que rigen después de haberse detenido en un signo de "PARE".
C) Luz amarilla o Ambar continua: advierte al conductor que deberá tomar las precauciones necesarias para detenerse a menos que se encuentre en una zona de cruce o a una distancia tal, que su detención coloque en riesgo la seguridad del tránsito.
D) Luz amarilla o Ambar intermitente: los conductores podrán continuar la marcha con las precauciones necesarias.
E) Luz verde: permite adelantar, a quien la enfrenta, así como girar a la derecha. Si se circula por calle de un solo sentido de circulación, también permite girar a la izquierda.
Se prohíbe girar a la izquierda en calles con semáforos de doble sentido de circulación, excepto autorización expresa mediante señalización correspondiente y resolución fundada por la autoridad competente.
F) Luz roja y flecha verde: los vehículos que enfrenten esta señal podrán entrar cuidadosamente al cruce, solamente para proseguir en la dirección indicada.
G) Las luces podrán estar dispuestas horizontal o verticalmente en el siguiente orden: roja, amarilla y verde, de izquierda a derecha o de arriba hacia abajo, según corresponda.