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(Elaboración y aprobación del Compromiso y Gestión).- Los Compromisos de Gestión deberán presentarse ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para su suscripción en el último trimestre de la vigencia del anterior, con informe previo cuantitativo y cualitativo de las metas y objetivos alcanzados.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la suscripción del Compromiso de Gestión deberá informar de ello fundadamente al Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional, el que tendrá treinta días para:
A) Reiterar o modificar los términos del Compromiso de Gestión.
B) Aceptar las modificaciones propuestas.
En todos los casos el Instituto podrá ejecutar el Compromiso de Gestión en lo que refiere a los ingresos provenientes de los aportes de los actores sociales al Fondo de Reconversión Laboral.
En el caso de no ser suscripto el Compromiso de Gestión en el plazo de tres meses y de no mediar resolución expresa de rechazo a lo propuesto, se tendrá por tácitamente aceptado.
La suscripción del Compromiso de Gestión requerirá informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en un plazo máximo de treinta días a contar desde su presentación.
El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en el presente artículo, teniendo en cuenta las propuestas y sugerencias que pueda realizar el Consejo Directivo del Instituto.