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(Cometidos).- A la Comisión Coordinadora de la Educación le compete:
A) Velar por el cumplimiento de los fines y principios establecidos en la presente ley.
B) Coordinar, concertar y emitir opinión sobre las políticas educativas.
C) Promover la planificación de la acción educativa.
D) Promover la aplicación de los principios, fines y orientaciones generales que emanan de la presente ley.
E) Convocar al Congreso Nacional de Educación.
F) Conformar comisiones de asesoramiento y estudio de distintas temáticas educativas.
G) Crear las subcomisiones que considere pertinentes para el cumplimiento de sus fines, las que podrán ser de carácter permanente o transitorias.
H) Informar a la ciudadanía sobre el grado de cumplimiento del Plan Nacional de Educación.