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(De la Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública).- Créase la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de Educación Pública con los siguientes cometidos:
A) Velar por el cumplimiento de los fines y principios establecidos en esta ley.
B) Coordinar, concertar y emitir opinión sobre las políticas de educación pública e impartir recomendaciones.
C) Promover la planificación de la educación pública.
D) Promover la aplicación de los principios, fines y orientaciones generales que emanan de esta ley.
E) Conformar comisiones de asesoramiento y estudio de distintas temáticas educativas.
F) Crear las subcomisiones que considere pertinentes para el cumplimiento de sus fines, las que podrán ser de carácter permanente o transitorias.