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Compete al Presidente de la República actuando con el Ministro de Defensa Nacional, con los Ministros respectivos o con el Consejo de Ministros:
A) Determinar la política de Defensa Nacional y sus objetivos.
B) Dirigir la Defensa Nacional.
C) Ejercer el Mando Superior de las Fuerzas Armadas.
D) Adoptar las medidas pertinentes para solucionar las situaciones de crisis que afecten a la Defensa Nacional.
E) Ejercer la conducción político-estratégica de la Defensa Nacional.
F) Establecer las directivas para las negociaciones exteriores que afecten a la política de Defensa Nacional.
G) Determinar la Política Nacional de Inteligencia que colabore a la consecución de los objetivos nacionales y a la defensa nacional.