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Encomiéndase a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), a dirigir las políticas, metodologías y mejores prácticas, y regular en materia de seguridad de la información y ciberseguridad a nivel nacional, así como fiscalizar, auditar su cumplimiento y brindar apoyo en las etapas de implementación de las mismas en todas las entidades públicas, y además, en las entidades privadas vinculadas a servicios o sectores críticos del país. Dichos cometidos serán ejercidos a través de la Dirección de Seguridad de la Información.
La Dirección de Seguridad de la Información albergará al Centro Nacional de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática (CERTuy) quien tendrá como cometidos principales centralizar y coordinar la respuesta a incidentes informáticos, y realizar las tareas preventivas que correspondan para la protección de los activos de información críticos de las entidades referidas en el inciso anterior, de acuerdo con los criterios que sugiera el Consejo Asesor Honorario de Seguridad de la Información, creado por el artículo 119 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007.
El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en la presente disposición normativa.