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A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, en los Incisos de la Administración Central que integran el Presupuesto Nacional, serán suprimidas todas las vacantes de cargos y funciones del escalafón CO "Conducción" del Sistema Integrado de Retribuciones y Ocupaciones, así como las vacantes de Director de División y Jefe de Departamento pertenecientes al sistema escalafonario de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986.
El crédito suprimido será transferido a un objeto especial con destino a financiar asignación de funciones transitorias necesarias para su funcionamiento, y se destinarán posteriormente a financiar las funciones de conducción del nuevo sistema escalafonario resultante de la nueva carrera administrativa.
Exceptúase de la aplicación de este artículo a los cargos o funciones vinculados a investigación en la unidad ejecutora 011 "Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura.