Artículo 1
Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de doce meses, el subsidio por desempleo de los trabajadores del sector citricultura, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.
- Ver en esta norma:
- art. 2
Notas de IMPO
Ver en esta norma, artículo: 2.