Artículo 1
Establécese para los Ejercicios 2018 y 2019 una reducción del 18% (dieciocho por ciento) respecto de la alícuota de la Contribución Inmobiliaria Rural establecida por el artículo 652 de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, a los propietarios de padrones rurales que exploten a cualquier título padrones que en su conjunto no excedan de 1.000 hectáreas índice CONEAT 100.
- Ver en esta norma:
- art. 2
- Ver además:
- Ley N° 19.686, art. 1
Notas de IMPO
Ver en esta norma, artículo: 2. Ver: Ley Nº 19.686 de 26/10/2018 artículo 1 (interpretativo).