Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
(Gabinete Ministerial de Transformación Productiva y Competitividad). En el marco de lo previsto en el artículo 5° de la Ley N° 19.472, de 23 de diciembre de 2016, el Gabinete Ministerial de Transformación Productiva y Competitividad tendrá entre sus atribuciones las de:
A) Proponer al Poder Ejecutivo los objetivos, políticas y estrategias en materia de fomento de los emprendimientos.
B) Definir los lineamientos, prioridades y metas del Sistema Nacional de Transformación Productiva y Competitividad en materia de fomento de los emprendimientos, y realizar el monitoreo y la evaluación de las acciones ejecutadas.
C) Facilitar los vínculos interinstitucionales necesarios para el cumplimiento de lo previsto en el artículo 4° de la Ley N°
19.472, de 23 de diciembre de 2016.
D) Informar anualmente al Poder Legislativo acerca del plan anual de actividades relativas al fomento de los emprendimientos y de los resultados alcanzados durante el ejercicio anterior en relación con los objetivos propuestos.
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