Artículo 1
Decláranse suspendidos, a partir del 13 de marzo de 2020, el cómputo de los plazos legales y reglamentarios de los procedimientos administrativos disciplinarios, así como los de evaluación e incorporación en cargos presupuestados de las personas contratadas al amparo del artículo 90 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, desde el 13 de marzo de 2020, hasta el cese de la emergencia sanitaria nacional declarada por el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020.
Lo dispuesto en el inciso anterior regirá para el Poder Ejecutivo.
- Ver en esta norma:
- art. 2
- Ver además:
- Ley N° 19.996, art. 6
Notas de IMPO
Ver en esta norma, artículo: 2. Ver: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 6 (interpretativo).