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(Consejo Directivo Honorario).- El Instituto Nacional de Bienestar Animal será dirigido por un Consejo Directivo Honorario, conformado de la siguiente manera:
A) Con un representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que lo presidirá.
B) Un representante del Ministerio de Salud Pública (Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis).
C) Un representante del Ministerio del Interior.
D) Un representante del Congreso de Intendentes.
E) Un representante de la Facultad de Veterinaria.
F) Un representante de la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay.
G) Un representante de las agremiaciones de productores rurales.
H) Un representante de las protectoras de animales.
En caso de empate el representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca tendrá doble voto.
Durarán cinco años en sus funciones, pudiendo ser designados por otro período y se mantendrán en sus cargos hasta tanto sean designados sus sustitutos o el representado disponga su sustitución.
El Consejo Directivo Honorario reglamentará su funcionamiento y sesionará semanalmente.