Para los escritos y actos de procedimiento de carácter judicial se requerirá la asistencia y firma de letrado; los demás podrán ser suscritos y practicados simplemente por el interesado o su apoderado; pero para que éstos puedan actuar como tales será necesario que sean procuradores profesionales, salvo el caso de aquellas personas que hasta dos años antes de la vigencia de esta ley hubiesen registrado poderes ante el Instituto, para actuar ante él.
Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Para los escritos y actos de procedimiento de carácter judicial se requerirá la asistencia y firma de del letrado; los demás podrán ser suscritos subscriptos y practicados simplemente por el interesado o su apoderado; pero para que éstos estos puedan actuar como tales tales, será necesario que sean procuradores profesionales, salvo profesionales y que no representen a más de 15 afiliados al mismo tiempo ante la Caja.
No se exigirá la condición de procurador profesional, cuando el caso afiliado otorgue poder a sus parientes dentro del 4° grado de aquellas personas consanguinidad y 2° de afinidad.
Las gestiones que hasta dos años antes realicen los apoderados, en función de la vigencia parentesco, no devengarán honorarios.
Los poderes o carta-poderes que otorguen los afiliados a los efectos de esta ley hubiesen registrado poderes ante ley, quedan exentos del pago de sellados, timbres y derechos de inscripción en el Instituto, para actuar ante él. Registro de Poderes. Si las pasividades que obtuvieron los peticionantes fueran superiores a ochenta pesos ($ 80.00) mensuales la Caja de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores Rurales y Domésticos deberá reponer los impuestos referenciados, descontando su importe de las pasividades a pagarse
Ver el texto limpio
Para los escritos y actos de procedimiento de carácter judicial se requerirá la asistencia y firma del letrado; los demás podrán ser subscriptos y practicados simplemente por el interesado o su apoderado; pero para que estos puedan actuar como tales, será necesario que sean procuradores profesionales y que no representen a más de 15 afiliados al mismo tiempo ante la Caja.
No se exigirá la condición de procurador profesional, cuando el afiliado otorgue poder a sus parientes dentro del 4° grado de consanguinidad y 2° de afinidad.
Las gestiones que realicen los apoderados, en función de parentesco, no devengarán honorarios.
Los poderes o carta-poderes que otorguen los afiliados a los efectos de esta ley, quedan exentos del pago de sellados, timbres y derechos de inscripción en el Registro de Poderes. Si las pasividades que obtuvieron los peticionantes fueran superiores a ochenta pesos ($ 80.00) mensuales la Caja de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores Rurales y Domésticos deberá reponer los impuestos referenciados, descontando su importe de las pasividades a pagarse
2 de mayo de 2023
Redacción vigenteHoy
Redacción dada por Ley N° 20.130
Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Para los escritos y actos de procedimiento de carácter judicial presentados ante el Poder Judicial se requerirá la asistencia y firma del letrado; los demás podrán ser subscriptos suscriptos y practicados simplemente por el interesado o su apoderado; pero para que estos puedan apoderado.
Solamente podrán actuar como tales, será necesario que sean apoderados quienes cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
A) Ser procuradores profesionales y que no representen representar a más de 15 (quince) afiliados al mismo tiempo ante la Caja.
No se exigirá la condición de procurador profesional, cuando el afiliado otorgue poder a sus parientes Banco de Previsión Social.
B) Ser pariente del afiliado, dentro del 4° cuarto grado de consanguinidad y 2°
segundo grado
de afinidad.
Las gestiones
C) Ser un tercero
que
realicen los apoderados, en función de parentesco,
no
devengarán honorarios.
Los
cuente con más de cuatro
poderes
o carta-poderes que otorguen los afiliados a los efectos
de
esta ley, quedan exentos del pago
trámites anteriores, otorgados en su calidad
de
sellados, timbres y derechos
no familiar ni
de
inscripción en el Registro
procurador profesional.
D) Se faculta al Banco
de
Poderes. Si las pasividades que obtuvieron los peticionantes fueran superiores
Previsión Social
a
ochenta pesos ($ 80.00) mensuales la Caja de Jubilaciones y Pensiones
definir otras situaciones
de
los Trabajadores Rurales y Domésticos deberá reponer los impuestos referenciados, descontando su importe
actuación como apoderados, así como la posibilidad
de
incrementar, excepcionalmente,
las
pasividades
cantidades de afiliados
a
pagarse
representar, previstas en los numerales que anteceden.
Ver el texto limpio
Para los escritos y actos presentados ante el Poder Judicial se requerirá la asistencia y firma del letrado; los demás podrán ser suscriptos y practicados simplemente por el interesado o su apoderado.
Solamente podrán actuar como apoderados quienes cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
A) Ser procuradores profesionales y no representar a más de 15 (quince) afiliados al mismo tiempo ante el Banco de Previsión Social.
B) Ser pariente del afiliado, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad.
C) Ser un tercero que no cuente con más de cuatro poderes de trámites anteriores, otorgados en su calidad de no familiar ni de procurador profesional.
D) Se faculta al Banco de Previsión Social a definir otras situaciones de actuación como apoderados, así como la posibilidad de incrementar, excepcionalmente, las cantidades de afiliados a representar, previstas en los numerales que anteceden.