Suprema Corte de Justicia · Suprema Corte de Justicia
Sentencia Interlocutoria N° 422/2003
23 de abril de 2003
Sin Datos
- Ficha (IUE)
- Sin datos
- Procedimiento
- Proceso de inconstitucionalidad
- Materia
- Derecho procesal
- Importancia
- Alta
- Resultado (estimado)
- Declara inadmisible
- Firmantes
- Dr. Roberto Jose PARGA LISTA
- Dr. Milton Hugo CAIROLI MARTINEZ
- Dr. Daniel Iberico GUTIERREZ PROTO
- Dra. Martha Beatriz CHAO FERNANDEZ
Texto de la sentencia
Montevideo, veintitrés de abril de dos mil tres. VISTOS: Estos autos caratulados: "BANCO SANTANDER S.A. C/ QUEVEDO VARGAS, NADIR. Ejecución Hipotecaria. EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD. ARTS. 480 A 487 DE LA LEY No. 16.170". Ficha 3/03. RESULTANDO Y CONSIDERANDO: I.- A fs. 160 - 163 vto., la parte demandada interpone excepción de inconstitucionalidad contra los arts. 480 - 487 de la Ley No. 16.170. II.- La Suprema Corte de Justicia declarará inadmisible la excepción de inconstitucionalidad interpuesta. En efecto. El proceso en el que se promovió la excepción de inconstitucionalidad es una ejecución hipotecaria, en la que se trabó embargo genérico y específico en el bien hipotecado. Y, posteriormente, se decretó la venta en pública subasta del mismo. Por lo que la excepción de inconstitucionalidad fue deducida luego de notificado el remate del bien hipotecado, esto es, cuando ya se encontraba en vía de apremio y la causa por lo tanto había concluido. Había operado, pues, la preclusión de la facultad de impugnación. La Corporación se ha pronunciado reiteradamente declarando inadmisible por extemporánea la excepción de inconstitucionalidad deducida con posterioridad a la conclusión de la causa - art. 511.1 del C.G.P. - (Cf. Sentencias Nos. I-445/93, I-446/93, 94/95, 322/95, 382/96 y 731/96). Por lo expuesto la Suprema Corte de Justicia, RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE CON COSTAS Y COSTAS LA EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD INTERPUESTA. Y DEVUELVANSE.
Fuente: Base de Jurisprudencia Nacional del Poder Judicial. Los nombres de las partes figuran anonimizados en el original.