Auméntase en $ 270.000.00 anuales la partida que por el artículo 33 pasa a integrar las disponibilidades del Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal, con la finalidad de atender los servicios de la Obra Nacional, para la Protección y Educación de los Menores Mentalmente Anormales (Obra Morquio). El mencionado Consejo deberá dar cuenta de la aplicación de la cantidad de $ 540.000.00 anuales al Poder Ejecutivo, el que lo pondrá en conocimiento de la Asamblea General en oportunidad de cumplir con lo dispuesto en el artículo 215 de la Constitución.
Notas de IMPO
Ver en esta norma, artículos: 8, 9 y 33.